El Presidente Correa firma el Acta de Compromiso a favor de la niñez y adolescencia ecuatoriana
Los señores miembros del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia reafirman su voluntad incondicional con la niñez y adolescencia ecuatoriana y asumen el compromiso de impulsar conjunta y articuladamente los singulares objetivos comunes de la Agenda
El presidente Rafael Correa acompañó esta mañana a Martín Páez un pequeño de siete años, quien presidió el Salón de Gabinetes de Carondelet durante la vigésimo segunda sesión ordinaria del Consejo de la Niñez y Adolescencia. El mandatario firmó en el evento, el Acta de Compromiso Interinstitucional a favor de la niñez y adolescencia del país.

El acto contó además con la presencia del ministro de Gobierno y Policía, Gustavo Larrea, el ministro Fiscal de la Nación, Jorge German y el comandante general de la Policía, Bolívar Cisneros. El compromiso además sumó un aspecto fundamental, como es la no violencia contra niños, niñas y adolescentes.
Acta Compromiso
CONSEJO NACIONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Los señores miembros del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia en conmemoración del día del Niño en el Ecuador y de cara al contenido de la Agenda social de la Niñez y adolescencia “Juntos por la Equidad desde el Principio de la Vida”, reafirman su voluntad incondicional con la niñez y adolescencia ecuatoriana y asumen el compromiso de impulsar conjunta y articuladamente los singulares objetivos comunes de la Agenda Social citada, con la corresponsabilidad de los grupos familiares y comunidades:
Reducir la mortalidad neo natal;
• Ningún niño, niña o adolescente con hambre y desnutrición;
• Ningún niño, niña o adolescente violentado en sus derechos;
• Ningún niño, niña o adolescente sin acceso a educación;
• Ningún adolescente ejecutando trabajos prohibidos o peligrosos;
• Fomentar la participación social y construcción de la ciudadanía.
Compromisos que los asumimos en virtud de nuestras obligaciones y como un imperativo ético político y social de no tolerar y peor aún permitir la violación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que viven en el Ecuador.
Firma la presente acta de compromiso el señor Presidente Constitucional de la República como testigo de honor, junto con los señores miembros del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia.
Econ. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la República
Econ. Jeannette Sánchez Zurita
Ministra de Bienestar Social
Presidente del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia
Dra. Caroline Chang Dr. Leonardo Chiriboga
Ministra de Salud Pública Ministro de Trabajo y Empleo (e)
Dra. Gloria Vidal Dr. Johnny Terán Salcedo
Ministra de Educación (e) Presidente Asociación de
Municipalidades del Ecuador
Sr. Manuel Martínez
Director Ejecutivo INNFA
ACTA DE COMPROMISO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL
En el marco de la Vigésima Segunda Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, efectuada en conmemoración de la celebración universal del día del niño y al cumplirse este 1 de junio del 2007, dos años desde que en el Ecuador, la Protección Integral a la Niñez y Adolescencia, es Política de Estado, que contó con la participación especial del señor Presidente Constitucional de la República, Ec. Rafael Correa Delgado; el señor Ministro de Gobierno, Dr. Gustavo Larrea; la señora Ministra de Bienestar Social en su calidad de Presidenta del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, Ec. Jeannette Sánchez; el señor Fiscal de la Nación, Dr. Jorge Germán y el señor Comandante General de la Policía, Gral. Bolívar Cisneros, acuerdan lo siguiente:
Establecer una relación de cooperación interinstitucional y de asistencia técnica entre las instituciones que representan a fin de coadyuvar en las funciones que cada organismo desarrolla en el marco de la protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia para lo cual asumen como compromisos a ejecutarse durante la presente administración:
Ministerio de Gobierno y Policía; y, Comandancia General de la Policía
1. Capacitación permanente al personal del Ministerio de Gobierno y Policía y a la Policía Nacional, respecto al uso moderado de la fuerza, al respeto de los derechos humanos, y a su deber de garantizar la protección integral de niñas, niños y adolescentes y que dichos elementos capacitados, no sean trasladados a otras Direcciones, salvo casos de excepción que se puedan justificar.
2. Fortalecer a la DINAPEN para que sea un organismo consolidado, ampliamente vinculado a la sociedad y coordinador de acciones con instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, que propicien el bienestar y la protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia; así como que al cumplir las obligaciones que la Ley le determina lo haga con respeto de los derechos de la niñez y adolescencia, mediante procesos con estricto apego a la Convención del Derecho del Niño, la Constitución Política de la República y el Código de la Niñez y Adolescencia.
3. Incluir en la propuesta de reformulación de la Ley Orgánica de la Policía Nacional y su Reglamento la incorporación de la DINAPEN en las unidades especiales, señaladas en la Sección Tercera del mencionado Reglamento.
4. La adopción de medidas destinadas a garantizar que no ingresen a la entidad policial, talento humano con personalidades incompatibles con el ejercicio de tan delicadas funciones.
5. La adopción de medidas destinadas a emprender investigaciones al interior del cuerpo policial para garantizar que miembros de la Policía Nacional no estén o hayan estado implicados en actos que configuran violaciones a derechos humanos fundamentales de niñas, niños o adolescentes.
6. La adopción de medidas destinadas a prevenir, investigar y sancionar a los responsables de los delitos de trata, tráfico y explotación de niñas, niños y adolescentes, de conformidad con lo establecido en el Plan Nacional Para Combatir la trata de personas, el tráfico ilegal de migrantes, explotación sexual laboral y otros modos de explotación y prostitución de mujeres, niños, niñas y adolescentes, pornografía infantil y corrupción de menores.
7. Capacitación y sensibilización a los miembros de la policía y demás funcionarios involucrados en la normativa nacional e internacional sobre los delitos de trata, tráfico y explotación de niñas, niños y adolescentes, y sobre los derechos que corresponden a las víctimas de tales hechos delictivos.
8. Establecer en sus presupuestos, los recursos suficientes a fin de dar cumplimiento a estos compromisos y en si a la operación efectiva de sus organismos, en procura del bienestar de la niñez y adolescencia.
El Ministerio Público del Ecuador
1. Capacitación permanente al personal del Ministerio Público del Ecuador, respecto de la Doctrina de la Protección Integral de la Niñez y Adolescencia y en especial la capacitación que se dispone requieren los Procuradores de Adolescentes Infractores, como parte de la administración de justicias especializada que dispone el Código de la Niñez y Adolescencia.
2. Fortalecer al Ministerio Público, en procura de ser un organismo consolidado, ampliamente vinculado a la sociedad que cumpla con el respeto de los derechos de la niñez y adolescencia, en su ámbito de gestión, mediante procesos con estricto apego a la Convención del Derecho del Niño, la Constitución Política de la República y el Código de la Niñez y Adolescencia
3. Establecer procesos de selección que garanticen que los funcionarios nombrados Procuradores de Adolescentes Infractores tengan personalidades compatibles con el ejercicio de tan delicadas funciones.
4. Garantizar que el número de Procuradores de Adolescentes Infractores designados sean suficientes a fin de atender eficazmente las necesidades de la niñez y adolescencia que le son competentes.
5. Investigar, perseguir e impulsar las causas penales por los delitos cometidos en contra de niños, niñas y adolescentes en general y en especial por los de trata, tráfico y explotación económica.
6. Adoptar las medidas necesarias, dirigidas a dar cumplimiento: al Plan Nacional Decenal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia, al Plan Nacional de Derechos Humanos y al Plan Nacional para Combatir la Trata de Personas y la Explotación de Niñas, Niños y Adolescentes, en sus ejes de: prevención, investigación, sanción y protección, en función de las respectivas disposiciones legales y constitucionales relativas a la protección de niñas, niños y adolescentes contra la trata, el tráfico ilegal y la explotación económica.
7. Adoptar toda medida dirigida a investigar la posible implicación de miembros de la Policía Nacional en actos de agresión, detenciones ilegales y otras violaciones de derechos humanos.