Héctor Villagrán Cepeda hace énfasis de que en la Constitución vigente del Ecuador, la partidocracia ¡IMPUSO LA REELECCIÓN INDEFINIDA, SIN REFERENDO O CONSULTA AL PUEBLO! Y LA HA APLICADO, esto es vergonzoso, afrentoso, por lo que hemos tenido diputados, Alcaldes, Prefectos, reelectos por múltiples ocasiones.
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En la Constitución vigente, la partidocracia ¡IMPUSO LA REELECCIÓN INDEFINIDA, SIN REFERENDO O CONSULTA AL PUEBLO! Y LA HA APLICADO, esto es vergonzoso, afrentoso, por lo que hemos tenido autoridades reelectas por múltiples ocasiones.
1998: Ascenso de Mahuad a la Presidencia, contubernio de la partidocracia, en fraude, denunciado, perjudicial a Álvaro Noboa. Fue el gobierno del “feriado bancario” que asaltó los ahorros de todos, y que inició la dolariza- ción, que aumentó la miseria del pueblo y la opulencia de los poderosos; y que, con el colaboracionismo de la partidocracia en el Congreso Nacional, ¡aprobó!, 26-10-1998, la ejecución de la conquista militar, instrumentada en el Protocolo de Río 1942, perpetrada por Perú desde 1830, contra la integridad de nuestro Estado, REDUJO, a menos de la mitad, su territorio, contra prohibición de la ley internacional y contra el Tratado de Guayaquil, 1829 y su Ejecutor, 1830, que fijó los límites DEFINITIVOS de Ecuador y Perú en los ríos Marañón o Amazonas y Túmbez, límites defendidos por: a) El Congreso Nacional, 1905; El Dr. Honorato Vásquez, con nuestra demanda de “cierre” de la frontera en esos ríos, 1906; el Presidente Eloy Alfaro, en 1910: ¡Túmbez-Marañón...!; y, por la digna Corte Suprema de Justicia, en Manifiesto, GJ 1960.
El gobierno Mahuad-partidocracia inició con la vigencia de la actual Constitución de 1998, a la que denuncié por El Universo como: “burda copia generalmente, y con felonía, de la colombiana de 1991”. Básicamente: ¡Idénticos a los 13 Títulos del original los de la “ecuatoriana” .La Constitución de 1998, sin referendo o consulta al Pueblo, IMPUSO: 1. La “PROTECCIÓN DEL ESTADO” a los Partidos, por la que éstos, desde hace más de ¼ de siglo, reciben, cada año, multimillonarias cantidades del Presupuesto nacional; 2. La “REELECCIÓN INDEFINIDA”, contra la ALTERNABILIDAD, con la que la partidocracia empezó a eternizarse en las Prefecturas, Alcaldías, y en el Congreso Nacional; 3. Los “JEFES DE BLOQUES” que mandan votar como quieren los dueños de los partidos, contra la actuación de los diputados con sentido nacional; 4. Los “CANDADOS” que impidieron refor mar la Constitución porque no convenía a la partidocracia; y, 5. Introdujo, entre otras múltiples corruptelas, el Capítulo 6, con dedicatoria, para que el Congreso “legitimara” la rapiña del territorio patrio por Perú.
A partir del 2002 han ocurrido en el país cuatro elecciones generales auténticas, sin fraude, en las que Movimientos ganaron a Partidos, hegemónicos desde 1980: 1. De 2002, que llevó a la Presidencia al Ing. Lucio Gutiérrez; 2. De 2006: triunfo del binomio Rafael Correa - Lenin Moreno de “Alianza País”; 3. La Consulta del Presidente Correa Delgado, en la que el Pueblo decidió conformar la actual Constituyente; y, 4. La que eligió a 130 asambleístas, 80 de Alianza País. Otra vez, ¡amplia mayoría del Pueblo! contra la partidocracia, que se opuso a esa Consulta, pero presentó candidatos.
Declaración Universal de Derechos Humanos “La voluntad del pueblo” expresada en “elecciones auténticas”, “es la base de la autoridad del poder público”. Al votar el Pueblo por ¡cuatro ocasiones consecutivas! contra la partidocracia y su corrupta Constitución, ésta no puede seguir vigente -en la transición- sino sólo en lo que la voluntad del Pueblo, base de la autoridad del poder público -máxima autoridad de la República- representada por su Constituyente con plenos poderes, lo considere, por lo que lo dispuesto en el “Mandato Constituyente N° 1” de 29-11-07, Art. 2: “Las decisiones de la Asamblea Constituyente son jerárquicamente superiores a cualquier otra norma del orden jurídico y de obligatorio cumplimiento” por todos, “sin excepción alguna”, tiene claro, irrefutable fundamento lógico, jurídico.- “Vox populi, vox Dei”: “La voz del Pueblo es voz de Dios”. Nadie puede oponérsele, considerando que es voz auténtica, por certificado el testimonio de su identidad y verdad, lo que concuerda con el Art. 5, que declara que la Constituyente “ratifica y garantiza la existencia del estado de Derecho”. Sólo los contradictores del pueblo no quieren ven claro esto.- Sí lo ha visto claro el Presidente del Congreso Nacional Ing. Jorge Cevallos, al declarar al respecto: “Aunque no lo queramos reconocer, tienen el apoyo de los ecuatorianos...”.- Tampoco todo en lo demás es -no puede ser- perfecto en la Asamblea y debe ser corregido por gestión de sus integrantes internos y externos.-
SOBRE LA REELECCIÓN INDEFINIDA: Punto principal de la reforma constitucional que propuso el Presidente venezolano Chávez, sus opositores en ese y otros países armaron gran controversia. Triunfó el NO, pero téngase en cuenta que Chávez NO IMPUSO la reelección indefinida, la consultó al Pueblo, conforme a la Constitución de autoría de su gobierno. Ahora bien, en Ecuador, desde donde hubo fuerte resistencia de Medios a esa propuesta, en la Constitución vigente, la partidocracia ¡IMPUSO LA REELECCIÓN INDEFINIDA, SIN REFERENDO O CONSULTA AL PUEBLO! Y LA HA APLICADO, esto sí es vergonzoso, afrentoso, por lo que hemos tenido diputados, Alcaldes, Prefectos, reelectos por múltiples ocasiones, con violación del Art. 21 N° 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos -Ley vigente, obligatoria para Ecuador- que dice: “Toda persona tiene derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país”. Constitución del Ecuador, Art. 98: “...Los ciudadanos elegidos para desempeñar funciones de elección popular podrán ser REELEGIDOS INDEFINIDAMENTE...”.- (Mayúsculas mías).- Pero aquí, en Ecuador, ¡nunca hubo protesta por esta corruptela y por otras de la partidocracia!, que denuncié, oportuna, públicamente, por el Mayor Diario Nacional.